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Generador de recibos de nómina gratis (Perú)

Crea un recibo de nómina en PEN: las percepciones a un lado, las deducciones al otro, y el neto que recibe tu empleado. El PDF se genera en tu dispositivo.

  • S/ PEN
  • IGV 18%
  • RUC
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  • Español
Empleador
Empleado
Percepciones

Salario brutoPEN 0.00

Deducciones

Total de deduccionesPEN 0.00

Notas

Lo que exige la ley laboral en el recibo de nómina

La boleta de pago se regula en el D.S. N.° 001-98-TR. El pago de la remuneración se acredita con la boleta firmada por el trabajador, o con la constancia de depósito cuando el pago es por banco (art. 18).

Debe traer los datos de la planilla: del empleador, razón social y RUC; del trabajador, nombre completo, sexo, fecha de nacimiento, domicilio, nacionalidad, documento de identidad, fecha de ingreso, cargo, código de afiliación a los sistemas previsionales y fecha de cese (arts. 13 y 14). Además, por separado, los días y horas trabajados, el sobretiempo, las vacaciones, las remuneraciones, las deducciones (tributos, aportes previsionales, cuotas sindicales, descuentos autorizados o judiciales), los pagos no remunerativos y los aportes a cargo del empleador.

Se entrega a más tardar el tercer día hábil siguiente a la fecha de pago (art. 19). Previo acuerdo con el trabajador y si el pago se deposita en cuenta, puede entregarse por medios electrónicos, con constancia de emisión y acceso razonable, y entonces no se exige firma de recepción. El empleador conserva el duplicado hasta cinco años después del pago (arts. 21 y 22) y la firma del trabajador no implica renuncia a cobrar lo que falte (art. 20).

Las cotizaciones sociales de cada nómina

La remuneración mínima vital es S/ 1,230 desde el 1 de octubre de 2026 (D.S. N.° 015-2026-TR); el decreto prevé un segundo tramo hasta S/ 1,300 mediante otro decreto en el primer semestre de 2027.

EsSalud: el empleador aporta 9 % de la remuneración del trabajador en actividad, por su cuenta y sin descontarlo al trabajador. La remuneración mínima asegurable mensual no puede ser inferior a la remuneración mínima vital. Los pensionistas aportan 4 % de su pensión.

ONP: el trabajador afiliado al Sistema Nacional de Pensiones aporta 13 % de la remuneración devengada; el empleador se lo retiene y es quien declara y paga lo retenido.

Ambos aportes se declaran y pagan cada mes en el PDT Planilla Electrónica PLAME (Formulario Virtual N.° 0601). La declaración puede presentarse desde el primer día hábil del mes siguiente y vence según el último dígito del RUC, de acuerdo con el cronograma de la SUNAT.