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Reglas y datos

Los impuestos con los que se encuentra una empresa aquí

Una pyme en México se encuentra con tres cargas principales. El Impuesto sobre la Renta (ISR), regulado por la Ley del ISR, y el Impuesto al Valor Agregado (IVA), regulado por la Ley del IVA, los recauda el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Las cuotas de seguridad social las determina el patrón y las cobra el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), a más tardar el día 17 del mes siguiente (Ley del Seguro Social, art. 39).

La reforma más reciente a las reglas de facturación es el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 7 de noviembre de 2025, vigente desde el 1 de enero de 2026. Reformó el Código Fiscal de la Federación (CFF) y agregó al artículo 29-A la fracción IX: un comprobante debe amparar operaciones existentes y verdaderas, y el que no lo haga se considera falso. Las reglas operativas del año están en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2025.

El régimen para pequeñas empresas

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas está en los artículos 113-E y 113-F de la Ley del ISR. Puede optar quien tenga solo actividades empresariales, profesionales o de arrendamiento y haya obtenido en el ejercicio anterior ingresos de hasta 3,500,000 pesos. El pago mensual, a más tardar el día 17, se calcula sobre los ingresos efectivamente cobrados y amparados por CFDI, sin IVA y sin deducciones, con tasas de 1.00 % a 2.50 % según el monto mensual. La declaración anual se presenta en abril con otra tabla, también de 1.00 % a 2.50 %, y se acreditan los pagos mensuales. No pueden aplicarlo los socios o accionistas de personas morales ni las partes relacionadas, entre otros casos. Si los ingresos superan el límite en cualquier momento del año, el contribuyente pasa al régimen general a partir del mes siguiente.

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