Quién debe declarar
Quien esté inscripto en ganancias, aunque en el período no le dé ganancia neta sujeta a impuesto, y quien deba liquidar el impuesto aunque no se haya dado de alta antes del vencimiento. Lo mismo para el administrador de una sucesión indivisa. El monotributista no presenta ganancias por la actividad incluida en el régimen. La declaración jurada informativa quedó eliminada a partir del período fiscal 2023.
Ejercicio fiscal y plazo
El año fiscal es el año calendario. Por el período 2025, ARCA fijó la presentación al 22 de septiembre de 2026 y el pago del saldo al 27 de julio de 2026, para todas las terminaciones de CUIT. Esas fechas se prorrogaron tres veces entre mayo y agosto de 2026, así que conviene confirmarlas en el micrositio de vencimientos antes de contar con ellas.
Declarar paso a paso
- Entrá con clave fiscal al servicio "Ganancias Personas Humanas - Portal Integrado". La determinación se hace solo ahí.
- Si cumplís los requisitos, podés optar por la declaración jurada simplificada: ARCA la precarga con lo que tiene en sus sistemas y vos la modificás, confirmás y presentás.
- Cargá las rentas por categoría, las deducciones y las retenciones sufridas. Si cobrás en relación de dependencia, usá el F. 649 que te entrega el empleador.
- Valuá los bienes al 31 de diciembre del año que declarás e informá la fecha en que entraron al patrimonio.
- Presentá el F. 711 y pagá el saldo con un VEP generado desde "Presentación de DDJJ y Pagos".
Sanciones por declarar o pagar tarde
La omisión de presentar la declaración jurada en el plazo general tiene la multa automática del artículo 38 de la ley 11.683. Si dentro de los 15 días de la notificación el contribuyente paga la multa y presenta la declaración, el importe se reduce de pleno derecho a la mitad y la infracción no cuenta como antecedente. El pago fuera de plazo devenga interés resarcitorio desde el vencimiento (artículo 37), con una tasa fijada por la Secretaría de Hacienda que no puede superar el doble de la mayor tasa que cobra el Banco de la Nación Argentina. Otros incumplimientos de deberes formales, como no informar un domicilio o un cambio de datos, se sancionan con multas de $150.000 a $2.500.000, con un máximo de $35.000.000 en los casos listados (artículo 39, según la ley 27.799).